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Incentivos a la Contratación y Mantención de Trabajadores/as

Subsidio al empleo joven

El Subsidio al Empleo Joven es un complemento al sueldo que reciben directamente jóvenes trabajadores de 18 a 24 años de sectores vulnerables que perciben bajos salarios.
Trabajadores independientes, trabajadores dependientes y sus empleadores.
El subsidio al empleo joven se paga mensualmente al empleador y a los trabajadores dependientes que opten por dicha forma de pago. Los pagos mensuales del subsidio ascenderán a las cantidades que se indican a continuación, correspondiendo al trabajador dos tercios de dicho subsidio y al empleador un tercio de éste:
  • Cuando las remuneraciones brutas mensuales del trabajador sean iguales o inferiores a $160.000, el monto mensual del subsidio ascenderá a un 30% de las remuneraciones mensuales sobre las cuales se hubieren realizado cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud. (Ej: Si gana $160.000, corresponden 48 mil pesos, 32 mil para el trabajador y 16 mil para el empleador).
  • Cuando las remuneraciones brutas mensuales del trabajador sean superiores a $ 160.000 e inferiores o iguales a $200.000, el monto mensual del subsidio ascenderá al 30% de $160.000. (Ej: En este tramo, el subsidio es parejo de 48 mil pesos).
  • Cuando las remuneraciones brutas mensuales del trabajador sean superiores a $200.000 e inferiores a $360.000, el monto mensual del subsidio será la cantidad que resulte de restar al 30 % de $160.000, el 30% de la diferencia entre la remuneración bruta mensual y $200.000. (Ej: Si gana $250.000, el subsidio mensual será de 33 mil pesos, 22 mil para el trabajador y 11 mil para el empleador). Cuando el trabajador dependiente opte por el pago mensual, recibirá sólo el 75% del monto que le corresponde. El saldo se verificará en una reliquidación anual.
Si el empleador no ha pagado las cotizaciones provisionales perderá el derecho al subsidio durante el mes correspondiente. Ese derecho se reactivará en los meses en que realice los pagos oportunamente. También se suspenderá el pago del subsidio a los trabajadores hasta que el empleador pague las cotizaciones de pensiones y de salud pendientes.
Opera a partir de la presentación de la documentación personalmente o por Internet el día hábil en que comience el curso. Los documentos adjuntos (precontrato, copia póliza de seguro y fotocopia de carnet) se pueden presentar hasta la fecha de término del curso.
Los trabajadores y empleadores, por separado, deben presentar su solicitud a través del sitio www.subsidioempleojoven.cl.
Los trabajadores deben presentar su solicitud dentro del año en que perciben sus remuneraciones o rentas por las cuales solicita el subsidio. Los empleadores deben hacerlo antes del día 25 de cada mes, de lo contrario se entiende que renuncian al beneficio por ese mes.
Trabajador dependiente:
  • Debe estar regido por el Código del Trabajo.
  • Tener entre 18 y menos de 25 años de edad.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población (puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social).
  • Recibir remuneraciones brutas mensuales inferiores a $360.000 o anuales brutas inferiores a $4.320.000.
Trabajador independiente (honorarios):
  • Debe cumplir con los mismos requisitos anteriores de edad, de la Ficha de Protección Social y de ingresos anuales.
  • Acreditar rentas de las señaladas en el N° 2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en el año calendario en que se devenga el beneficio.
  • Estar al día en el paqo de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud del año calendario indicado.
Empleadores:

  • Pueden postular a sus trabajadores que estén regidos por el Código del Trabajo; que tengan la edad requerida, que integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población y que las remuneraciones brutas mensuales de éstos sean inferiores a $360.000.
  • Además, debe tener pagadas las cotizaciones de seguridad social correspondientes al trabajador que postula al subsidio dentro del plazo legal establecido.
Las postulaciones a este beneficio se deben realizar a través del sitio web www.subsidioempleojoven.cl.

Para mayor información visite www.sence.cl o llame al teléfono gratuito de Atención Ciudadana 

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