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Seguro Agrícola

El Seguro Agrícola contra fenómenos climáticos con subsidio del Estado es un  instrumento de gestión de riesgo que permite a los agricultores, sin distinción de tamaño ni  género, recuperar el capital de trabajo invertido en cultivos y/o plantaciones, en caso que éstos sean dañados por un evento climático adverso, tal como sequía en secano, lluvia excesiva o extemporánea, heladas, granizo, nieve y viento perjudicial.

Los cultivos asegurables son cereales, hortalizas, cultivos industriales, cultivos forrajeros, Invernaderos de tomate y otras hortalizas, leguminosas, semilleros de cereales de grano chico y papa.

Las zonas asegurables son las comunas agrícolas en las regiones de Tarapacá, Coquimbo a Los Lagos, además, de valles en Copiapó y Vallenar en la región de Atacama y los valles de Azapa, Lluta y Chaca en la región de Arica y Parinacota.
Para acceder al subsidio del Estado, el agricultor debe contar con iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y ser contribuyente del impuesto al valor agregado (IVA).
También acceden, aquellos que, sin tener iniciación de actividades, estén siendo atendidos como clientes de crédito por INDAP, BancoEstado u otras instituciones autorizadas, en cuyo caso el monto asegurado no puede superar las 250 UF por temporada agrícola.
Se subsidia la prima o costo del seguro, de manera que el agricultor al momento de suscribir la póliza asegura su inversión o capital trabajo quedando protegido en caso de ser afectado por un fenómeno climático que dañe el cultivo o producción de frutas.
Los cultivos asegurables son cereales, hortalizas, cultivos industriales, cultivos forrajeros, Invernaderos de tomate y otras hortalizas, leguminosas, semilleros de cereales de grano chico y papa.
Los frutales asegurables son la uva de mesa, uva pisquera, uva vinífera, manzanas, arándanos y olivos.
Los riesgos cubiertos son:
• Lluvia excesiva o extemporánea
• Helada
• Sequía en condiciones de secano
• Viento
• Nieve
• Granizo
El Estado subsidia el 50% de la prima neta o costo del seguro, más 1,5 UF por póliza, todo ello con un tope de 80 UF por agricultor en cada temporada agrícola.
Hasta el 30 de Junio de 2012, para los cereales, esto es arroz, avena grano, cebada grano, centeno, maíz grano, trigo y triticale, el Estado aporta el 75% de la prima neta, más 0,6 UF por póliza, manteniendo el tope de 80 UF por agricultor por temporada agrícola.
• Instrumento de gestión de riesgos climáticos
• Protege el capital de trabajo
• Con subsidio del Estado
El agricultor es el beneficiario del Subsidio a las Primas que otorga el Estado, que consiste en un subsidio del 50% a la Prima Neta más un monto fijo de 1,50 UF por Póliza, todo ello con un tope de 80 UF por agricultor por cada temporada agrícola.

Mediante un Mandato de Cobro firmado por el agricultor, la Compañía de Seguros se encarga de cobrar el subsidio al Comité de Seguro Agrícola y aplicarlo al pago de la prima, de manera que el agricultor no realiza ningún trámite.
Es un subsidio directo al agricultor. Al momento de contratar el Seguro Agrícola, el agricultor cancela sólo la parte no subsidiable y mediante una Mandato las aseguradoras cobran la parte subsidiada a COMSA-CORFO. Por todo lo anterior, no se postula.
Este seguro es ofrecido por las compañías aseguradoras MAPFRE y MAGALLANES. También, puede ser contratado en INDAP, instituciones financieras tales como BancoEstado o por medio de un corredor de seguros.

www.seguroagricola.gob.cl

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