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Incentivos a la Contratación y Mantención de Trabajadores/as

Pre contrato

Se trata de un incentivo para que las empresas capaciten a sus potenciales trabajadores antes de su contratación, lo que fortalecerá sus competencias laborales. Es un instrumento que permite el uso de la franquicia tributaria para financiar la capacitación de trabajadores que están en vías de ser contratados por la empresa.

Para ello, se ampliará en un 25% el monto máximo de la franquicia tributaria destinada a este tipo de capacitación y se aumentará la duración de los cursos financiados por dicho sistema. Se trata de un contrato de capacitación; no un contrato laboral, por lo tanto no crea ningún vínculo laboral entre la empresa y la persona capacitada; y la empresa no tienen ninguna obligación de contratar al participante capacitado una vez terminada la actividad.
Las empresas contribuyentes de primera categoría que utilizan Franquicia Tributaria, a los empleadores que quieran contar con una futura mano de obra más calificada, o que quieran capacitar a sus trabajadores contratistas u/o otra persona que necesite capacitación, y que no mantenga una relación contractual con la empresa que financia la capacitación.

A los trabajadores desempleados o contratistas que quieran optar a una capacitación previa a su vinculación laboral.
Los empleadores que opten por utilizar esta medida, podrán descontar un adicional de 0.25% de franquicia tributaria. Este descuento adicional lo podrá realizar en forma anual (0.25% de la planilla anual de remuneraciones) o mensual través de sus PPM donde podrá descontar hasta un 0.25% de las remuneraciones imponibles mensuales del mes en que se realice el descuento.

La empresa podrá descontar del pago de sus impuestos aquello invertido en capacitación vía este acuerdo. Además, se entregarán otros beneficios a los trabajadores capacitados, los que se podrán descontar de la Franquicia tributaria. Específicamente:

  • La entrega de un bono de movilización y alimentación el cual no podrá superar los $3.000 diarios. ($1.1500 cada uno como tope máximo)
  • Un seguro de protección frente a accidentes que puedan ocurrir durante el traslado a la capacitación con un tope del 5% del gasto en capacitación.
Si la empresa realiza la comunicación:
Hay dos maneras: personalmente o por Internet. Para la primera modalidad, hay que presentar Precontrato; formulario de comunicación y copia de la póliza del seguro, fotocopia del carné del participante. En la segunda, se requiere el Precontrato, copia de la póliza del seguro, fotocopia del carné del participante. La documentación se debe presentar o enviar a las Oficinas Regionales del SENCE. El curso de debe comunicar al menos un día hábil antes de su inicio. La liquidación del se realiza como el resto de las actividades, en las oficinas de Sence.

La otra alternativa es que la empresa solicite a un OTIC realizar la comunicación, y este deberá cumplir con el rol de intermediador, solicitándole una serie de documentos.

Los aportes voluntarios de capacitación al OTIC ¿se consideran como gastos de capacitación? No. Para este caso, sólo se tomarán los gastos efectuados en capacitación, vía Precontrato, que se encuentren liquidados según los procedimientos dispuestos para ello.
Opera a partir de la presentación de la documentación personalmente o por Internet el día hábil en que comience el curso. Los documentos adjuntos (precontrato, copia póliza de seguro y fotocopia de carnet) se pueden presentar hasta la fecha de término del curso.
  • Ser contribuyente de Primera Categoría
  • El precontrato no podrá exceder los 6 meses año calendario
  • Sólo podrá firmarse un precontrato al año entre el contribuyente y el participante.
  • El trabajador que reciba la capacitación bajo esta modalidad no puede mantener una relación contractual con la empresa que comunica y financia la actividad de capacitación.
  • No se podrá capacitar a un número equivalente de participantes que no supere el 50% de la dotación total de trabajadores de la empresa. (Con excepción de las regiones declaradas como zona de catástrofe)
Direcciones regionales de SENCE.

Para mayor información llame al teléfono gratuito de Atención Ciudadana 800 80 10 30 o directamente al , Departamento de Capacitación en empresas.

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