Bonificación a la contratación de mano de obra
El Programa de Bonificación a la Contratación de Mano de Obra Línea regular, forma parte de las iniciativas que impulsa el Gobierno y que persigue como objetivo esencial una reinserción estable y efectiva de los(as) trabajadores(as) que hayan perdido su empleo, a través del desarrollo de iniciativas destinadas a posibilitar un mayor acceso a empleos permanentes; permitir su participación en la ejecución de proyectos específicos y, en general, incrementar su oportunidad de acceder a ocupaciones de mayor calidad y nivel remuneracional.
El Programa de Bonificación a la Contratación de Mano de Obra – Línea Emergencia, , forma parte de las iniciativas que impulsa el Gobierno y que persigue como objetivo apoyar a las empresas que se ubican en las zonas afectas a declaraciones de emergencia, sismo o catástrofe, así declaradas por la autoridad competente, conforme a la normativa vigente.
Bonificación a la Contratación de Mano de Obra Línea regular Empresas contribuyentes de Primera categoría o del artículo 22 de la citada ley. Las empresas deberán postular a trabajadores desempleados y acreditar su cesantía mediante Certificado emitido por la respectiva Oficina Municipal de Intermediación Laboral – OMIL.
Bonificación a la Contratación de Mano de Obra – Línea Emergencia Empresas que tengan actividades en la zona declarada afectada por emergencia, sismo o catástrofe.
Empresas que con motivo del sismo o catástrofe deban considerar eventuales reducciones de personal.
Bonificación a la Contratación de Mano de Obra Línea regular.
Se bonifica el 40% de un ingreso mínimo mensual por la remuneración que se pague al trabajador por 4meses, más una contribución opcional de $50.000 para capacitación .
Bonificación a la Contratación de Mano de Obra – Línea Emergencia Se bonifica el 50% de un ingreso mínimo mensual por la remuneración que se pague al trabajador por un mínimo de 1 mes y máximo 6 meses.
Bonificación a la Contratación de Mano de Obra Línea regular
Empresa debe presentar su postulación en la Dirección Regional, dicha postulación debe contener los siguientes documentos:
1. Formulario de Postulación al Programa (Anexo Nº1).
2. Formulario de Comunicación de actividad de capacitación (Anexo Nº2), sólo en los casos que la empresa opte por capacitar.
3. Fotocopia Formulario 22 del S.I.I., de Declaración de Impuestos Anuales a la Renta correspondiente al año tributario.
4. Fotocopia Rol Único Tributario: (autorizado ante notario).
5. Fotocopia de Contrato de Trabajo de los trabajadores/as postulados.
6. Fotocopia de cédula de identidad del trabajador.
7. Certificado de Vigencia (máximo 60 días de antigüedad) para personas jurídicas.
8. Anexo Nº4 de autorización de transmisión de datos de trabajador(a) a la AFC.
9. Acreditación de desempleo: Certificado OMIL
Bonificación a la Contratación de Mano de Obra – Línea Emergencia
1. Empresa presenta Anexo Nº 1 del Instructivo Línea Emergencia en la Dirección Regional.
2. Comité analiza la postulación y aprueba o rechaza.
3. Si el Comité Regional aprueba la postulación, la empresa debe completar su postulación con los siguientes documentos:
a. Fotocopia Formulario 22 del S.I.I., de Declaración de Impuestos Anuales a la Renta correspondiente al año tributario. (autorizado ante notario)
b. Fotocopia Rol Único Tributario: (autorizado ante notario)
c. Fotocopia de Contrato de Trabajo de los trabajadores/as postulados.
d. Fotocopia de cédula de identidad del trabajador.
e. Certificado de Vigencia (máximo 60 días de antigüedad) para personas jurídicas.
Direcciones regionales de SENCE.